IMSS cambia la Modalidad 40: quién puede perder la oportunidad de aumentar su pensión
Desde este jueves 22 de octubre de 2026 cambiaron las reglas de la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La medida puede modificar los planes de retiro de quienes buscaban elevar el salario con el que cotizan para mejorar su futura pensión. Sin embargo, no elimina el programa ni reduce automáticamente las pensiones que ya se pagan.
Modalidad 40 IMSS: los tres cambios oficiales de octubre de 2026
El Consejo Técnico aprobó el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG el 10 de octubre y lo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre. Entró en vigor al día hábil siguiente. El acuerdo establece medidas temporales mientras el instituto evalúa el efecto financiero de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
- Nuevo límite de salario: para quienes se incorporen o se reincorporen en los supuestos previstos, la base será el último salario registrado al causar baja del régimen obligatorio, o hasta ese monto más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin quedar por debajo del salario mínimo general aplicable.
- Sin nuevas inscripciones retroactivas: los nuevos aseguramientos tendrán efecto únicamente a partir de la fecha de solicitud.
- Inscripción por medios digitales: el IMSS deberá adaptar sus procesos para que las altas se tramiten por mecanismos electrónicos y exista un canal para casos especiales.
El texto oficial puede consultarse directamente en el Diario Oficial de la Federación.

¿Quién conserva las condiciones anteriores de la Modalidad 40?
Las personas que ya estaban inscritas al entrar en vigor el acuerdo mantendrán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado. Además, las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados conservan su reconocimiento para calcular los derechos pensionarios futuros.
La precisión es importante: la protección expresamente indicada se refiere al periodo contratado. Si una persona termina ese periodo y solicita incorporarse de nuevo, deberá revisar las nuevas condiciones. No debe interpretarse como una garantía de que podrá renovar indefinidamente con el mismo salario.
Ejemplo: cómo podría afectar a alguien que quiere aumentar su pensión
Supongamos que una persona dejó de trabajar con un salario base registrado de 500 pesos diarios y planeaba incorporarse a la Modalidad 40 cotizando con una base mucho más alta. Bajo el nuevo acuerdo, si su solicitud está sujeta a estas reglas, ya no podría elegir libremente una base de 25 UMA: su margen quedaría ligado al último salario de baja y hasta una UMA adicional. El ejemplo es ilustrativo; no constituye una cotización ni una estimación de pensión.
La consecuencia puede ser relevante para quienes esperaban elevar el promedio salarial de los últimos años de cotización. Pero el monto final de una pensión depende de otros factores, como el régimen aplicable, la edad, las semanas acumuladas y los salarios reconocidos.
Modalidad 40 y pensiones: diferencias entre Ley 73 y Ley 97
El impacto no es igual para todas las personas. La llamada Ley 73 suele ser especialmente relevante para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y pueden acceder a una pensión calculada bajo ese régimen, siempre que cumplan sus requisitos. En esos casos, el salario promedio de las últimas semanas cotizadas y el total de semanas pueden influir considerablemente en la cuantía. Para quienes se pensionan bajo Ley 97, el funcionamiento depende principalmente de los recursos acumulados en la cuenta individual y de las reglas aplicables. Por eso, no existe una misma pérdida ni un mismo beneficio para todos.
El propio IMSS había advertido que pagar Modalidad 40 no garantiza por sí solo una pensión de 60 mil pesos: intervienen los años cotizados y el historial salarial. Consulta la explicación del IMSS.
¿La Modalidad 40 desaparece? ¿Se recortarán pensiones ya otorgadas?
No. El acuerdo publicado no cancela la Modalidad 40 ni ordena una reducción general de pensiones ya concedidas. Modifica temporalmente las condiciones para nuevas incorporaciones y ciertas reincorporaciones. Tampoco borra las semanas y los salarios que las personas ya pagaron válidamente.
¿Por qué tomó esta decisión el IMSS?
El Consejo Técnico instruyó a la Dirección de Finanzas a estudiar el efecto del esquema sobre las finanzas del instituto en un plazo máximo de seis meses. Una vez recibido el análisis, el área jurídica tendrá hasta seis meses adicionales para preparar una propuesta normativa y someterla al Consejo. Eso no significa que ya exista una reforma legal definitiva; las medidas actuales se describen expresamente como temporales.
La discusión jurídica: ¿puede un acuerdo administrativo limitar la cotización?
La modificación también abrió cuestionamientos legislativos. La senadora Claudia Anaya pidió revisar si el Consejo Técnico tiene atribuciones suficientes para imponer estos límites mediante un acuerdo administrativo, y el tema fue remitido a revisión en el Senado, según reportes publicados el 22 de octubre. El planteamiento no equivale a una declaración judicial de invalidez: mientras no exista una suspensión o resolución competente, el acuerdo publicado conserva su presunción de vigencia. Información sobre la discusión legislativa.
Lista de verificación antes de inscribirte a la Modalidad 40
- Fecha de primera cotización: identifica si tu situación pensionaria corresponde a Ley 73 o Ley 97.
- Semanas cotizadas: consulta el reporte oficial y revisa posibles omisiones.
- Último salario base registrado: es el dato central para aplicar el nuevo límite.
- Situación de tu inscripción: distingue si ya estabas dentro de un periodo contratado o si iniciarás una solicitud nueva.
- Proyección por escrito: solicita un cálculo individualizado antes de comprometer recursos; no te bases en promesas de una pensión garantizada.
- Trámite y casos especiales: verifica en el IMSS los procedimientos vigentes, pues su página informativa anterior todavía puede mostrar reglas o canales que requieren actualización.
Consulta el trámite oficial IMSS-02-007 y el acuerdo publicado en el DOF. La Modalidad 40 no incluye por sí misma servicios médicos durante la continuación voluntaria.
Preguntas frecuentes sobre la Modalidad 40 en 2026
¿Puedo elegir cotizar con 25 UMA si antes ganaba mucho menos?
En las nuevas incorporaciones sujetas al acuerdo, el salario base se vincula al último salario registrado al causar baja, con un margen máximo de una UMA adicional; por tanto, ya no se puede elegir libremente el tope de 25 UMA cuando el salario anterior era inferior.
¿Qué sucede si ya estaba inscrito antes del 22 de octubre?
El acuerdo conserva las condiciones del periodo que ya tenías contratado y reconoce las semanas y los salarios efectivamente pagados. Antes de solicitar una nueva incorporación conviene verificar las condiciones que estarán vigentes.
¿Puedo pagar meses anteriores a la solicitud?
El acuerdo señala que los nuevos aseguramientos comienzan en la fecha de la solicitud. No contempla nuevas altas retroactivas bajo las medidas temporales.
¿La Modalidad 40 incluye atención médica?
No incorpora por sí misma el Seguro de Enfermedades y Maternidad. El acuerdo distingue este esquema del aseguramiento para personas trabajadoras independientes, que sí contempla esas prestaciones. Además, el punto cuarto establece que quienes estén o se incorporen a la modalidad para personas trabajadoras independientes prevista en el artículo 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria. Debe verificarse el régimen de aseguramiento antes de solicitar el trámite.
Lo que todavía falta por aclarar
El IMSS deberá precisar la implementación práctica de las nuevas altas digitales, el tratamiento de solicitudes que estaban en proceso y el alcance del canal de atención a casos especiales. También deberá conocerse el análisis financiero encargado por el Consejo Técnico y cualquier eventual propuesta de reforma. La interpretación y aplicación de casos individuales deben confirmarse con el instituto o asesoría especializada.
Conclusión: el cambio no cancela el derecho a pensionarse, pero sí puede alterar la estrategia de ahorro y cotización de miles de trabajadores que aún no habían ingresado a la Modalidad 40. Antes de pagar, lo fundamental es conocer tu historial real y calcular tu escenario bajo las reglas vigentes.
Leer también en Monterrey News
- ¿Y si tienes dinero, pero no puedes pagar? Los riesgos de los cambios financieros.
- ¿Por qué México crece menos? Las cifras detrás del desempeño económico.
- Adultos mayores y frío en Monterrey: medidas de prevención.
Consulta además la sección de Economía para más información.

